Un Estudio de Riesgos puede ser indispensable para obras y construcción.
El artículo 96 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil establece que, previo a la solicitud de registro de manifestaciones de construcción tipo B y C, así como licencias de construcción especiales previstas en el Reglamento de Construcciones, se deberá elaborar un Estudio de Riesgos de Obra, cuyas características se definen en el Reglamento.
Este servicio aplica principalmente para obras en proceso de demolición y construcción, así como proyectos que requieran análisis técnico de riesgos. Es recomendable validar el caso específico.
Este servicio es para ti si...
- Tienes una obra en proceso de demolición o construcción.
- Requieres manifestación de construcción tipo B o C.
- Necesitas licencia de construcción especial.
- Tu proyecto puede afectar inmuebles colindantes, trabajadores o terceros.
- Quieres prevenir accidentes, retrasos o clausuras.
Qué problema soluciona
- Obras que inician sin conocer riesgos reales.
- Decisiones técnicas tomadas sin información suficiente.
- Accidentes, daños a terceros o afectaciones a colindancias.
- Retrasos, observaciones o clausuras.
- Falta de medidas para reducir impactos durante la ejecución.
Qué incluye exactamente
- Elaboración del Estudio de Riesgos.
- Desahogo de la prevención, en su caso, considerando los ajustes necesarios en el contenido.
- Entrega de la constancia de registro.
- Identificación de peligros y amenazas naturales como sismos, lluvias o hundimientos.
- Análisis de vulnerabilidad, exposición, entorno, condiciones del inmueble y construcciones colindantes.
- Evaluación de probabilidad, impacto, estrategias de mitigación y recomendaciones para ejecutar la obra con mayor seguridad.
Obtienes un Estudio de Riesgos con enfoque técnico, útil para anticipar problemas, reducir impactos y cumplir con los requisitos aplicables a tu obra o proyecto.